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Tres años de prisión para chofer que causó cinco muertes en San Cristóbal

Un conductor que embistió motocicletas estacionadas en la autopista 6 de Noviembre fue condenado a tres años de prisión. Parte de la pena quedó suspendida.

En pocas palabras

  • Saudy Javier Abad fue condenado a tres años de prisión por conducción temeraria.
  • Cumplirá un año y diez meses en Najayo Hombres; los 14 meses restantes quedaron suspendidos.
  • El accidente ocurrió el 1 de agosto de 2025 y dejó cinco muertos y una persona con lesiones permanentes.
  • Además de la prisión, pagará una multa de 15 salarios mínimos y las costas del proceso.

La Primera Sala del Juzgado de Paz Especial de Tránsito de San Cristóbal condenó a tres años de prisión a Saudy Javier Abad, conductor de un camión que, según el expediente, embistió cinco motocicletas estacionadas en el paseo de la autopista 6 de Noviembre. El accidente dejó cinco personas muertas y otra con lesiones permanentes. La jueza Ana Hernández Méndez dictó la sentencia tras acoger la solicitud del Ministerio Público de imponer la pena máxima prevista para estos casos.

La condena se cumplirá de forma parcial. Abad deberá cumplir un año y diez meses en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres, en San Cristóbal. Los restantes 14 meses quedaron suspendidos y sujetos a condiciones que fijará el juez de Ejecución de la Pena. Entre ellas, residir en el domicilio declarado ante el tribunal, participar en charlas de la Escuela Nacional de Educación Vial (ENEVIAL) y abstenerse de consumir alcohol en exceso.

Si incumple esas reglas, el beneficio podría revocarse y el condenado tendría que cumplir los tres años completos en prisión.

El tribunal también le impuso una multa equivalente a 15 salarios mínimos del sector público y el pago de las costas penales. Además, ordenó que Abad, el propietario del camión, Saturnino Corporán, y la compañía aseguradora paguen las indemnizaciones correspondientes a las víctimas.

El conductor fue declarado culpable de violar los artículos 220 y 303, numerales 4 y 5, de la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. Esas disposiciones sancionan la conducción temeraria o imprudente que causa lesiones permanentes o muertes involuntarias, con penas de uno a tres años de prisión y multas de 10 a 50 salarios mínimos.

La investigación estuvo a cargo de la fiscalizadora Diandra Olavarría, y Carolina Olivares representó al Ministerio Público. La lectura íntegra de la sentencia está fijada para el 17 de noviembre de 2026, a las 2:00 de la tarde.

¿Por qué te importa?

La sentencia obliga al conductor, al dueño del camión y a la aseguradora a indemnizar a las víctimas. El caso recuerda que conducir de forma temeraria puede acarrear consecuencias penales graves.

Redactada por Al Día RD a partir de lo publicado por estos medios: El Nacional — La voz de todos · De Último Minuto · N Digital

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